Cambiarán los contratos de prestación de servicios en Colombia: se acaba la guachafita

El Consejo de Estado indicó, que en caso de que entre cada nuevo contrato de trabajo haya más de 30 días, si se configura una pausa del vínculo laboral. No obstante, si un contrato laboral se firma dentro de un tiempo de 30 días, por tanto nunca se dio una ruptura laboral, por lo que la empresa deberá pagar las prestaciones sociales.

“La regla establece un periodo de 30 días hábiles, entre la finalización de un contrato y la ejecución del siguiente, como término de la no solución de continuidad, el cual, en los casos que se exceda, podrá flexibilizarse en atención a las especiales circunstancias que el juez encuentre probadas dentro del expediente”, indica el fallo del Consejo de Estado.

La sentencia se aplicará a todos los casos pendientes de decisiones administrativas y judiciales.

El Consejo de Estado indicó, que en caso de que entre cada nuevo contrato de trabajo haya más de 30 días, si se configura una pausa del vínculo laboral. No obstante, si un contrato laboral se firma dentro de un tiempo de 30 días, por tanto nunca se dio una ruptura laboral, por lo que la empresa deberá pagar las prestaciones sociales.
Consejo de Estado. Foto: pexels

El fallo se tomó luego de estudiar los reclamos de una abogada que trabajó en la Personería de Medellín de 2005 a 2011. La abogada laboró con una seguidillas de contratos realizados por parte de la entidad para mantener su condición de empleada,  pero evitando aparentemente el aporte de prestaciones sociales.

En caso de la abogada, se conoció que todos sus contratos laborales fueron renovados dentro de los primeros 30 días a su finalización, detalló el fallo del Consejo de Estado.

“Frente a la no afiliación al sistema de la Seguridad Social en salud, por parte de la administración, es improcedente la devolución de los valores que el contratista hubiese asumido de más, en tanto se recaudaron como recursos de naturaleza parafiscal”, aseguró el Consejo de Estado.

Por tanto, la Personería de Medellín debe reconocer y pagar todos los beneficios sociales adeudados a la mujer entre el 29 de diciembre de 2005 y el 30 de diciembre de 2011, concluyó el Consejo de Estado.